Sobre la clasificación de los actores económicos

Por Iran Morejón Quintana

Como ciencia social que planifica los procesos de producción, distribución y consumo para la satisfacción de las necesidades del hombre, la economía describe y sistematiza conceptos que servirán para una mejor comprensión de las actividades inherentes a su campo de estudio. Por ello, la correcta identificación de los distintos modelos empresariales facilita el entendimiento de sus rasgos organizacionales, así como la forma en que se gesta y se reparte la riqueza en las distintas unidades de producción.

Pero, ¿qué es una empresa? ¿Qué tipos de empresa serían los actores económicos que la norma jurídica cubana reconoció en tiempos recientes? Para intentar esclarecer estas y otras preguntas que se cuecen en los debates y conversaciones de los ciudadanos ha sido concebido este artículo.

Diferencias entre la empresa y el trabajo autónomo

Empecemos por entender la naturaleza de esa entidad socioeconómica que llamamos empresa. Una empresa es una organización conformada por elementos humanos, materiales y técnicos, para la ejecución de actividades de producción de bienes y/o prestación de servicios.[1]

Conceptualizar la empresa como una estructura económica para la obtención de un beneficio (o retorno de renta) a partir de una inversión de capital, implica excluir de esa definición a los modelos empresariales sin fines de lucro que no generan excedentes o que reinvierten los excedentes en la consecución de objetivos netamente sociales.

La palabra empresa debe reconocer y arropar en su significado a todo modelo de negocio, más allá de si persigue fines de lucro o no.

Desde las reformas implementadas en Cuba a finales del pasado siglo, nos acompaña en nuestras vidas cotidianas la figura del trabajador por cuenta propia, reconocido por el acrónimo TCP. El trabajo autónomo o por cuenta propia es la actividad remunerada de prestación de servicios y/o producción de bienes que realiza una persona natural de manera autónoma. Se trata de una forma de trabajo no colectiva. Aunque puede asumir puntualmente alguna forma de trabajo en equipo, por lo general se concibe al TCP como alguien que trabaja en solitario. Por tanto, el TCP no es una empresa, sino un trabajador independiente.

En dependencia de las especificidades de la legislación de cada país, se permite que el TCP contrate a otras personas, pero dicha utilización de trabajo asalariado siempre está sujeta a límites en cuanto al número de contratados (generalmente un máximo de tres o cuatro empleados) y a la duración de la relación contractual, dado que se entiende al TCP como un productor independiente que no acumula los excedentes producidos por un equipo de trabajadores asalariados.

Tipos de cooperativa

Ahora analizaremos las cooperativas, que son clasificadas tradicionalmente como:[2]

· cooperativa de consumidores: cuyos miembros son personas naturales que se asocian para consumir bienes o servicios. Quedan comprendidas en este grupo las de consumo, las de vivienda, así como las de ahorro y crédito.

· cooperativa de productores: asociaciones de productores individuales o empresas privadas que se unen para acceder a insumos, créditos y servicios productivos, o para mejorar la efectividad en la comercialización de sus producciones.

· cooperativa de trabajadores: constituidas para garantizarles trabajo a personas naturales que de forma colectiva producirán bienes y servicios que serán ofertados a terceros.

· cooperativa de participantes múltiples: asociación de personas naturales y jurídicas que se unen en igualdad de condiciones con el fin de satisfacer necesidades comunes. Se trata de un modelo mixto con al menos dos miembros de distinta clase, que pueden ser trabajadores, consumidores, productores autónomos, empresas de inversión de capital, instituciones gubernamentales, representantes de comunidades u organizaciones sin fines de lucro.

Es muy importante no confundir las cooperativas con las sociedades anónimas. En la cooperativa el asociado realiza un aporte individual inicial al que siempre tendrá derecho de posesión si decide separarse de la empresa, pero el capital social incrementado mediante el trabajo colectivo pertenece a toda la asociación de cooperativistas y tiene carácter indivisible, pues siempre será puesto en función de producir riqueza para satisfacer las necesidades de los miembros de la cooperativa. En la sociedad anónima la posesión de acciones otorga a su dueño privilegios en la toma de decisiones; quienes más acciones poseen deciden lo que ocurre en la empresa y se apropian de una mayor tajada en el reparto de los excedentes.

En la cooperativa existe igualdad de derechos para la aprobación de las decisiones y el excedente se distribuye equitativamente entre los miembros. Equidad e igualdad son conceptos distintos. Un reparto igualitario de los excedentes implica que todos los miembros del colectivo ganan exactamente lo mismo, modalidad que aplican algunas cooperativas por decisión propia. Un reparto equitativo de la riqueza ―modalidad mayoritaria― significa que se aplica un pago diferenciado según la complejidad del cargo que ocupa el trabajador, pero esas diferencias en la retribución económica no son excesivas.

Un aspecto medular que define la naturaleza de la empresa cooperativa es su modelo de gestión basado en Siete Principios. De acuerdo con lo establecido por la Alianza Cooperativa Internacional (ACI),

solo se debe considerar cooperativa a aquella empresa que aplique los principios del cooperativismo en sus procesos organizacionales.

No existen cooperativas estatales ni cooperativas privadas; la cooperativa es un modelo específico de empresa colectiva. Más adelante en este artículo se mencionarán otros modelos de empresas colectivas.

El cuarto principio, Autonomía e independencia, esclarece que si las cooperativas llegan a acuerdos con otras organizaciones — incluidos los gobiernos — o si reciben capital de fuentes externas, lo hacen en condiciones que garanticen el control democrático y la autonomía por parte de sus miembros.

Las cooperativas paraestatales, que obedecen a planes gubernamentales en detrimento de los objetivos y necesidades de sus verdaderos miembros, no son cooperativas.

El paradigma económico soviético que aboga por que el Estado ejerza un control de las actividades de las cooperativas promovió el establecimiento de este tipo de falsas cooperativas, con el resultado de que se perciben las cooperativas como una empresa estatal más.

Hasta la aprobación de los Lineamientos… solamente se conocían en Cuba las cooperativas de trabajadores y las de productores en el sector agrícola, denominadas cooperativas de producción agropecuaria (CPA), cooperativas de créditos y servicios (CCS) y unidades básicas de producción cooperativa (UBPC). Pero se hacía necesario reconocer jurídicamente a cooperativas de trabajadores y de productores en otras ramas de la economía. Para que no las confundieran con las cooperativas agrícolas ya existentes, se optó por identificarlas con la denominación cooperativa no agropecuaria (CNA).

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Diferencias entre mipyme y empresa privada

Cuando las figuras jurídicas TCP y CNA comenzaron a ganar presencia en el espacio microeconómico, se observó que los poseedores de capital de inversión registraban sus negocios como trabajadores autónomos o como cooperativas, sin embargo, incurrían en el uso permanente del trabajo asalariado o no cumplían adecuadamente con los principios del movimiento cooperativo. Pero la Constitución de 1976 no permitía el reconocimiento legal de la empresa privada.

La prohibición jurídica de las empresas privadas provocaba una confusión, pues muchas personas interpretaban erróneamente que un trabajador por cuenta propia posee las mismas características que una empresa privada de un solo dueño o que las cooperativas eran una forma sui géneris de sociedad anónima. No reconocer a las empresas privadas también enrarecía la recaudación de impuestos progresivos, dado que no se podía distinguir con precisión si las ganancias del TCP provenían de una labor productiva más compleja o intensa desplegada por el trabajador autónomo, o si dichas utilidades se obtenían mediante la acumulación de los excedentes que producían los empleados asalariados.

Era necesario desenrollar ese nudo gordiano, por lo que la Constitución del 2019 terminó reconociendo la propiedad privada sobre los medios de producción, lo que abrió la posibilidad de aprobar un tipo específico de sociedad de capital. Me refiero a la sociedad de responsabilidad limitada, que en muchos artículos y documentos legales es mencionada mediante la abreviatura S.R.L., aunque posteriormente el decreto-ley que la regularía utilizó el apelativo MIPYME para identificarla en el habla cotidiana.

A pesar de la amplia popularidad que ha alcanzado en los últimos meses en el lenguaje coloquial, el acrónimo MIPYME no debe ser circunscrito a la empresa privada. Los términos pyme (pequeña y mediana empresa) y mipyme (microempresa) fueron creados para clasificar a todas las empresas según su tamaño, entendido este tamaño a razón de tres elementos: monto del capital social, cantidad de trabajadores y/o volúmenes de ingresos. Se puede hablar de una pyme estatal, de una mipyme cooperativa o de una microempresa privada, y las tres variantes serían correctas.

Las razones que inducen a los legisladores a clasificar las empresas según su tamaño se deben a que los negocios privados de pequeño formato tienen muy pocas probabilidades de sobrevivir en el escenario mercantil dominado por las grandes corporaciones, donde la tasa de quiebra de las pymes privadas durante los primeros cinco años de operaciones oscila alrededor de un 80 %.[3]

Aunque muchos economistas afirman que los microcréditos pueden aliviar la alta tasa de fracaso de las pymes privadas, los estudios empíricos no han encontrado datos que respalden una mejora significativa.[4] Acaso se pueda achacar esa elevada tasa de mortalidad de las empresas privadas a su falta de integración, teniendo en cuenta que las cooperativas manifiestan niveles de resiliencia superiores en escenarios donde el sector cooperativo se ha consolidado, lo que les permite apoyarse mutuamente.[5]

Para entender la clasificación de las empresas capitalistas primero se debe mencionar en qué consiste la responsabilidad limitada. Aunque parezca impensable, hace unos pocos siglos atrás los dueños de una empresa tenían que cubrir con su propio patrimonio personal las deudas que contraía su negocio. Eso significa que, si la empresa se endeudaba en demasía o quebraba, el propietario debía ceder su cuenta bancaria personal, su casa o sus muebles para satisfacer a los acreedores. Dado que no existía una línea divisoria entre la propiedad personal y la propiedad privada de los medios de producción, los capitalistas se comportaban de forma muy cautelosa a la hora de invertir, lo cual ralentizaba el desarrollo industrial. Por ello, el derecho mercantil concibió una disposición jurídica que eximía a los propietarios de saldar las deudas del negocio con sus bienes personales. Así nació la responsabilidad limitada y con ella el capitalismo dio un salto cualitativo que garantizó un flujo acelerado de capitales de inversión para los albores de la revolución industrial.

En el ordenamiento jurídico internacional las sociedades de capital pueden ser registradas como:[6]

· sociedad colectiva: sus propietarios son miembros de la junta y deben responder de forma ilimitada ante las deudas contraídas por la empresa, lo cual significa que si la empresa quiebra los dueños tendrán que cubrir las deudas empresariales con su patrimonio personal.

· sociedad de responsabilidad limitada: en este caso la responsabilidad de cada uno de sus socios está delimitada por el capital que estos hayan aportado y, en caso de quiebra de la empresa, el patrimonio personal de los socios no se ve afectado.

· sociedad en comandita: modelo híbrido en el que confluyen de una parte los socios que sí podrán participar en la gestión de la empresa, pero responderán ilimitadamente con su patrimonio personal para cubrir las deudas, y por otra parte aparecen los socios comanditarios que no participan en las decisiones de la junta y responden limitadamente al capital aportado, por lo que su patrimonio personal no se ve afectado si la empresa quiebra.

· sociedad anónima: en estas también se aplica la noción de la responsabilidad limitada, por lo que los propietarios no tendrán la obligación de compensar las deudas de la empresa con su patrimonio personal, pero en las sociedades anónimas el patrimonio es dividido en acciones (títulos de valor) que son fácilmente vendibles. Los accionistas suelen reunirse en una junta cada cierto tiempo ―por lo general una vez al año―, para tomar decisiones sobre el funcionamiento de la empresa.

Hasta el momento el marco legal cubano solo reconoce la sociedad de responsabilidad limitada, que también puede asumir la forma de sociedad unipersonal de responsabilidad limitada (S.U.R.L.), cuando le pertenece a un único propietario.

Después de haber leído hasta aquí, muchos se preguntarán ¿cómo se registran entonces las empresas estatales cubanas? A nivel internacional se considera empresa estatal (o empresa pública) a cualquiera de las sociedades de capital anteriormente mencionadas en la que el Estado se constituye en el socio mayoritario. Por eso existen empresas estatales cubanas con nombres comerciales como Banco Metropolitano S.A. o el Jardín Botánico de La Habana «Quinta de los Molinos» S.U.R.L. Sin embargo, en el marco jurídico cubano la mayoría aparecen registradas explícitamente como empresas estatales.

Como lo indica la categoría sociedad de capital, que engloba a las empresas privadas, se trata de empresas capitalistas basadas en una dinámica de apropiación de los excedentes que crean los trabajadores asalariados. Las empresas privadas asignan los derechos de gobernanza y el reparto de las ganancias en correspondencia con la cantidad de capital que invierten sus propietarios. Hablar de una supuesta empresa privada socialista es un oxímoron sin asidero lógico en la ciencia económica, pues se trata de un modelo empresarial antidemocrático que impide la participación efectiva de los trabajadores en la toma de decisiones y anula el reparto equitativo de la riqueza.

La empresa privada constituye la célula fundamental en el funcionamiento sistémico del modo de producción capitalista, lo cual conduce a un proceso de concentración de la riqueza en pocas manos, el surgimiento de monopolios, el aumento de la desigualdad y la consiguiente precarización de los trabajadores asalariados.

Para contrarrestar esos efectos negativos ―también conocidos como externalidades negativas del mercado― los teóricos plantean el establecimiento de mecanismos de redistribución con impuestos progresivos que obligan a los más ricos a aportar más dinero al fisco, así como un Estado de bienestar con generosos presupuestos en servicios de salud, educación y demás estrategias de asistencia social. Pero esta forma de redistribución de la riqueza no soluciona el problema ecológico que provoca el crecimiento perpetuo de la producción y el consumo capitalistas en un planeta con recursos naturales limitados.

Existe un modelo de empresa cogestionada de forma colectiva por los trabajadores que se registra como sociedad de responsabilidad limitada o con mucha mayor frecuencia aparece registrada como sociedad anónima, pero tiene la peculiaridad de que las cuotas de capital social se distribuyen equitativamente o de forma igualitaria entre los empleados. Este tipo de empresa colectiva se denomina empresa propiedad de los trabajadores ―el marco jurídico de España la define como sociedad laboral―.[7] Aunque se parece mucho a la cooperativa de trabajadores, no deben ser confundidas, puesto que la empresa propiedad de los trabajadores no tiene que asumir los Siete Principios del movimiento cooperativo. Quizás el ejemplo que con más facilidad los cubanos identificarán como empresa propiedad de los trabajadores sería la corporación de telecomunicaciones Huawei, la cual es citada de forma errónea en algunas publicaciones como modelo de cooperativa de trabajadores.

En los países del antiguo Bloque del Este se utilizó la conversión de las empresas estatales en empresas propiedad de los trabajadores, bajo el supuesto de que ello contribuiría a empoderar a los empleados y a mejorar la eficiencia mediante la democratización de la toma de decisiones en los colectivos obreros. Una estrategia de privatización muy similar se aplica en Vietnam, aunque se le denomina equitización.

Se ha constatado en la práctica que la transición de empresas estatales hacia formas de sociedad anónima cuyas acciones son vendidas a los empleados casi siempre evoluciona en una concentración del capital en manos de unos pocos empresarios, pues las personas que no saben valorar la importancia de ser el propietario de una empresa, cuando se ven afectadas por las carencias materiales, terminan vendiendo a precios irrisorios las acciones que poseen.[8]

El proceso de equitización, aunque ha facilitado el acceso de las empresas estatales vietnamitas a capitales de inversión extranjeros, no muestra evidencias de haber empoderado a los colectivos obreros ni de haber consolidado una conciencia social poscapitalista. Más allá de la superación tecnológica, el avance en la industrialización y el aumento de los niveles productivos, Vietnam y China exhiben en la actualidad sendas economías de mercado, con predominio del sector privado,[9] con altos grados de corrupción e incremento de la desigualdad. Ambas naciones asiáticas figuran en la lista de los diez países que más plásticos vierten a los océanos[10] y China se ha convertido en el país que más gases de efecto invernadero emite a la atmósfera ―aunque si se analizan los récords históricos, la responsabilidad per cápita de un ciudadano chino en el cambio climático es menor que la de un estadounidense―.[11]

El tercer sector no es público ni privado

En el derecho mercantil se clasifica a los actores económicos en dos grandes grupos: sector público y sector privado, una concepción que proviene de la tradición jurídica de la antigua civilización romana que hemos heredado en el hemisferio occidental. Pero las realidades y experiencias surgidas a lo largo de la historia son complejísimas, al darse el caso de formas de organización basadas en la propiedad conjunta y la cogestión en colectivo que no encajarían con precisión en esa dicotomía entre lo público y lo privado. Por ello, se habla de un tercer sector[12] que engloba a los siguientes modelos:

· las cooperativas

· las empresas propiedad de los trabajadores

· las mutuales: asociaciones sin fines de lucro constituidas libremente por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de ayudarse de forma recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material o espiritual mediante una contribución voluntaria. Los asociados de las mutuales aportan periódicamente una cuota y con el capital acumulado se financian servicios que los asociados necesiten.

· las empresas comunitarias: conocidas también como empresas comunales, son organizaciones empresariales para producir bienes y prestar servicios mediante una gestión social ejercida por los habitantes de una comunidad.[13] Los asociados de la empresa comunitaria serían las personas que habitan un espacio geográfico delimitado, como pudiera ser una circunscripción o un pequeño municipio. Los kibutz israelíes quedarían comprendidos dentro de este grupo.

· las organizaciones sin fines de lucro: conocidas también como non-profit, son entidades financiadas gracias a ayudas y donaciones de personas físicas, empresas, asociaciones e instituciones gubernamentales cuyo objetivo no es el beneficio económico sino una finalidad altruista y social.[14] Sin embargo, no deben incluirse en el tercer sector aquellas que manifiesten tendencias de mercantilización y/o profesionalización, ni las que operen bajo esquemas organizacionales antidemocráticos.

En el mundo anglosajón se considera la ausencia del lucro como elemento distintivo de los actores económicos del tercer sector, sin embargo, se omite el aspecto de la gestión democrática. En el contexto hispanohablante ocurre lo contrario, no se excluye a las entidades económicas con fines de lucro, pero sí se toma en consideración la participación democrática de quienes las integran. Para esclarecer esta cuestión, el consenso de la Red Intercontinental de Promoción de la Economía Social Solidaria (RIPESS) plantea que en las estructuras económicas del tercer sector debe primar la democracia en la toma de decisiones.[15]

El movimiento mutualista cuenta con Siete Principios de gestión que coinciden en muchos aspectos con los de las cooperativas. Pero a diferencia de las cooperativas, que deben distribuir los excedentes entre los asociados en medida proporcional a su trabajo, en las mutuales no se efectúa reparto alguno de las utilidades, ya que los excedentes se usan para formar un fondo común indivisible que será invertido en nuevos servicios o para mejorar los servicios ya existentes.[16]

Las mutuales por lo general proyectan su objeto social hacia la gestión de prestaciones económicas cuando sus miembros se ven afectados por una emergencia o una vulnerabilidad, como pueden ser la jubilación, los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales o el embarazo de la mujer trabajadora.

Para que se entienda de una manera más límpida: la mutual que brinda servicios sanitarios se parece a las empresas de seguro médico, pero se distingue de las anteriores en que es gestionada en democracia por sus miembros.

El proyecto de desarrollo local, también conocido por las siglas PDL, se utiliza en Cuba como una figura jurídica versátil que busca fomentar la integración de varios actores económicos que contribuyan al desarrollo de un territorio e impacten en la calidad de vida de la población. Dadas las características del marco legal cubano, en la categoría de proyecto de desarrollo local pueden quedar englobadas formas de emprendimiento muy parecidas a las cooperativas de participantes múltiples o a las cooperativas de productores compuestas por trabajadores autónomos y/o personas jurídicas.

Algunos países están diseñando normas jurídicas que regulan y fomentan la creación de las empresas B (en inglés B Corps),[17] por lo que resulta pertinente abordar lo concerniente a este nuevo fenómeno. Las B Corps se nuclean en torno a un proyecto dirigido por B Lab, una organización sin fines de lucro que emite certificaciones según el cumplimiento de determinados parámetros. Se trata de un esquema de certificación, como también lo son la norma ISO 9001 para la gestión de calidad o el modelo HACCP para la inocuidad de los alimentos.

La letra B indica benefit, lo cual implica que la empresa aportará un beneficio a la sociedad, más allá del propio lucro, combinando así objetivos sociales y económicos. Las B Corps realmente no son un nuevo tipo de empresa, sino un modelo integral de certificación que mediante un cuestionario evalúa muchos procesos organizacionales para lograr que las empresas con fines de lucro asuman una misión social y ambiental. Por este motivo, existen cooperativas y sociedades anónimas que han obtenido la certificación de la organización B Lab, aunque desde el punto de vista jurídico sean empresas diferentes. Uno de los aspectos que exige este formato de certificación es que los trabajadores posean al menos una porción del capital social y que puedan participar de forma activa en la gestión interna. En el caso de una sociedad anónima que se certifique como B Corp, entonces la junta de accionistas quedaría compuesta por los inversores de capital que no laboran en la empresa y por los trabajadores, una plataforma para la toma de decisiones muy similar a la junta directiva de las cooperativas de participantes múltiples. Por todo lo anteriormente descrito, se puede considerar a las B Corps como una forma muy específica de la empresa social.

No se deben confundir los conceptos empresa social y responsabilidad social de las empresas. La empresa social, aunque no esté basada en la gobernanza democrática, sirve a un fin social, como el combate a la pobreza o la exclusión social, para lo cual precisa generar ingresos mediante la venta de bienes y servicios en lugar de depender de subvenciones, pero los beneficios se reinvierten en la misión social en lugar de enriquecer a sus propietarios.

La responsabilidad social de las empresas, cuyo origen se remonta al trabajo desplegado por las cooperativas para el desarrollo comunitario, tiene como objetivo integrar un enfoque ético en las prácticas de las corporaciones privadas, pero esta figura jurídica también ha sido instrumentalizada como una estrategia de relaciones públicas para lavar la imagen negativa de las corporaciones.[18]

Por qué necesitamos cambiar paradigmas económicos

Si observamos el panorama de la economía a escala mundial, la riqueza sigue estando muy concentrada pues el 12,2 % de la población de adultos acapara el 85 % de la riqueza global, mientras que al restante 87,8 % de la población solo le corresponde un 15 % del reparto.[19] Aunque magnates como Bill Gates e ideólogos de derecha como Javier Milei se jactan de una supuesta reducción drástica de la pobreza, la propia organización Our World In Data que diseñó las curvas estadísticas sobre la evolución de la pobreza que utilizan profusamente Gates y Milei reconoció que dichas cifras son engañosas y que si se aplican enfoques integradores habría que asumir que el 85 % de la población mundial vive afectada por pobreza moderada o extrema.[20]

Como lo demuestra la extensa investigación de Sullivan y Hickel,[21] el proceso de ascenso del capitalismo a partir del siglo XVI está asociado con la disminución de los salarios por debajo del límite de subsistencia, la reducción de la estatura humana y el aumento de la mortalidad prematura. En algunas regiones de Asia meridional, África subsahariana y América Latina los salarios y la estatura aún no han recuperado los valores estadísticos promedio que se observaban antes del periodo de apogeo del capitalismo. Donde se han producido avances sociales, las mejoras significativas en el bienestar humano comenzaron solo alrededor del siglo XX y estos logros coinciden con el surgimiento de movimientos políticos anticoloniales y socialistas.

«Cuando hay grandes propiedades hay grandes desigualdades. Por cada hombre muy rico debe haber al menos quinientos pobres, y la opulencia de unos pocos supone la indigencia de muchos.» La frase anterior parece extraída de alguna obra de Marx, pero en realidad se trata de un fragmento de La riqueza de las naciones de Adam Smith, el padre de la teoría económica liberal de derecha.[22]

La concentración de la riqueza tiene implicaciones no solo éticas, sino además ambientales, dado que el 10 % más rico de la población mundial generó el 52 % de las emisiones de carbono acumuladas entre los años 1990 y 2015, mientras que el 50 % más pobre de la población mundial generó tan solo el 7 % de dichas emisiones.[23] El funcionamiento sistémico de una economía capitalista mundial enfocada en la sobreproducción, el sobreconsumo y el crecimiento perpetuo es incompatible a largo plazo con los recursos naturales finitos de nuestro planeta.

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Una reciente investigación, auspiciada por la revista Nature, [24] advierte que los seres humanos están corriendo riesgos colosales con el futuro de la civilización y de todo lo que vive en la Tierra, dado que se han transgredido, a escala local y global, siete de los ocho límites estudiados. Las conclusiones del estudio son las siguientes:

Se requiere nada menos que una transformación total en todos los Límites del Sistema Tierra para garantizar el bienestar humano. Dichas transformaciones deben ser sistémicas en los sectores energético, alimentario, urbano y demás, para impulsar los cambios económicos, tecnológicos, políticos y de todo tipo en el Sistema Tierra, y se debe garantizar que beneficien a los pobres (…). Toda la evidencia sugiere que este no será un viaje lineal; se requiere un salto en nuestra comprensión de cómo la justicia, la economía, la tecnología y la cooperación global pueden ponerse al servicio de un futuro seguro y justo.[25]

Quienes aún se enfocan en promover ideas sobre un sistema poscapitalista basado en un predominio de empresas estatales autogestionarias tienen ante sí el reto de sistematizar cómo se fraguaría esa añorada autogestión, pues la tendencia histórica es una adecuación de los Siete Principios del movimiento cooperativo a la anatomía organizacional de la empresa estatal. Otro elemento a solucionar en esas propuestas teóricas es lo que concierne al lucro: la empresa estatal vende a terceros para acumular valor y luego se aspira a redistribuir esa riqueza acumulada de manera equitativa. El fenómeno de la acumulación de valor produjo externalidades negativas en la experiencia histórica de la extinta Yugoslavia, cuando las empresas estatales empezaron a competir y a incrementar precios para maximizar las ganancias de los trabajadores, como si se tratase de una forma de capitalismo obrero. Esto fue el detonante de una espiral inflacionaria, que logró controlarse cuando los gobiernos locales y los miembros de la Liga de los Comunistas intervinieron en la planificación económica. La otra externalidad negativa del lucro tiene que ver con el crecimiento constante del PIB, que es incompatible con los recursos finitos que la naturaleza puede proveer.

En estos tiempos en que los efectos del cambio climático se hacen cada día más evidentes, el modelo de gestión cooperativo, basado en los Siete Principios para la concreción de la democracia económica en las empresas nos aporta herramientas para sensibilizar y comprometer a la ciudadanía en la solución de los problemas de las comunidades y la protección de los ecosistemas. Entre ellas, podemos mencionar:

· la planificación colectiva de la producción mediante la intervención de consumidores y trabajadores en una misma asamblea, como ocurre en el caso de las cooperativas de participantes múltiples que incluyen una junta de consumidores;

· el reparto equitativo de la riqueza con la consiguiente adecuación del consumo a las necesidades de los seres humanos, sin el derroche innecesario de recursos materiales que provoca la cultura capitalista del consumismo;

· la medición del desempeño de la empresa a través del Balance Social Cooperativo,[26] que evalúa aquellas acciones que tienen un impacto sobre el bienestar de los asociados, las comunidades aledañas y la sociedad en general.

Aunque muchas personas suponen erróneamente que en la economía social solidaria se aboga por crear un sistema de cooperativas en poder de los trabajadores que competirán en un modelo de libre mercado, realmente el enfoque fundamental de la economía social solidaria estriba en crear cooperativas donde se fusionen consejos de trabajadores con consejos de consumidores, de manera tal que los consumidores definan lo que necesitan para satisfacer sus necesidades y los trabajadores produzcan bienes y servicios en cantidades y calidad adecuadas a las necesidades de esos consumidores.[27] Así se evita la innecesaria sobreproducción y el indeseado sobreconsumo que están dañando a la biosfera. Esas cooperativas de trabajadores y consumidores se vincularían a través de relaciones comerciales basadas en el apoyo mutuo, como ya ocurre en las cooperativas de grado superior, las mutuales de grado superior, la integración entre empresas B y la organización Comercio Justo. Lo anteriormente señalado no anula la posibilidad de que existan cooperativas de trabajadores, cooperativas de productores ―muy necesarias en el sector agrario―, u otras formas de empresas colectivas como las mutuales, las empresas comunitarias, las non-profit, las empresas propiedad de los trabajadores y las empresas estatales autogestionarias, siempre que todas sean gestionadas en democracia.

El acento primordial de la economía social solidaria reside en que los ciudadanos ejerzan una influencia plenamente informada y apropiada en el proceso de toma de decisión, y que esa influencia del ciudadano sea proporcionalmente adecuada al grado en el que cada persona se ve afectada por los resultados de las decisiones que se tomen.

La efectividad de las cooperativas y la democracia económica en general para el manejo de los recursos naturales escasos, está probada a través de la famosísima investigación que consagró a Elinor Ostrom como la primera mujer galardonada con el premio Nobel en Economía y que fuera publicada bajo el título El gobierno de los bienes comunes.[28] No es fortuito que la idea y la práctica de mancomunar intereses colectivos en cooperativas figure en la lista del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.

Un informe publicado por CO-EMPRENDE, proyecto sociocultural cubano para la promoción de las ideas del cooperativismo y la economía social solidaria, contiene una lista de estudios que comparan el desempeño económico de las cooperativas con respecto a las empresas privadas. La lista condensa los resultados de 104 investigaciones econométricas y análisis de ratios financieros publicados en revistas revisadas por pares. Más del 80 % de los estudios citados en el informe muestran que las cooperativas tienen un desempeño igual o superior al de las empresas privadas.[29] Entre esas investigaciones, vale destacar la muy reciente realizada por Young-Hyman, Magne y Kruse,[30] que se enfoca en empresas industriales con alta gestión del conocimiento y confirma lo que desde hace años se viene observando: cuando las empresas son gestionadas democráticamente por los trabajadores se obtiene una mayor productividad y se reparte la riqueza de modo más equilibrado.

Históricamente los Estados que han tratado de acelerar el crecimiento del sector cooperativo cayeron en la trampa de registrar como cooperativas a muchas empresas cuyas prácticas de gobernanza se alejaban de la filosofía de trabajo del movimiento cooperativo. Es lo que se conoce como las falsas cooperativas. Prohibir la existencia de un sector privado y abogar en paralelo por el crecimiento acelerado del número de cooperativas en entornos donde las personas no están del todo relacionadas con los principios del cooperativismo provoca que los ciudadanos rechacen las empresas cooperativas o no entiendan lo que implica pertenecer y trabajar en una empresa gestionada democráticamente.

Cuando una organización de izquierda alcanza el poder político en un escenario en el que la población no conoce cómo se gestiona una empresa democráticamente, se tiende a adoptar estrategias económicas pragmáticas que muchas veces desembocan en un fortalecimiento del sector empresarial privado, dado que un gobierno de izquierda ya establecido en el poder no puede darse el lujo de esperar a que los trabajadores adquieran una conciencia social poscapitalista para poner en marcha las reformas económicas.

Por ello, los movimientos de izquierda deberían priorizar la gestación de una conciencia social antes, durante y después de la revolución. La enseñanza deviene un aspecto medular en la lucha contra las opresiones.

Un partido político de izquierda que gane las elecciones encontrará una férrea oposición en caso de que pretenda nacionalizar fábricas, pero sí tendría la potestad de introducir planes de estudio sobre economía social solidaria en los centros de enseñanza pública que se subordinan al Ministerio de Educación. Esto ha sido recomendado incluso por la Resolución 56/114 de las Naciones Unidas y la Recomendación 193 de la Organización Internacional del Trabajo.

Probablemente a un profesor le costará más trabajo empatizar con las ideas de elegir al director de una empresa o de aprobar un plan económico de forma colectiva si ese pedagogo aún no ha vivido la experiencia de la gestión democrática en su propia escuela. Por eso los políticos de izquierda pudieran democratizar el funcionamiento de los centros de enseñanza mediante la aplicación del Segundo Principio del cooperativismo, «Control democrático por parte de los miembros», puesto que ello permitirá que los profesores disfruten a plenitud el proceso de toma de decisiones en colectivo en su propio espacio laboral, lo cual enriquecerá sus vivencias y facilitará la transmisión de esas experiencias a los educandos. No me refiero con esto a privatizar la educación pública, sino a convertir los centros de enseñanza públicos en fábricas de democracia donde los trabajadores-pedagogos y los educandos transforman su sistema de pensamiento mediante un proceso holístico que implique organizar las actividades de la escuela democráticamente.

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El correcto funcionamiento de la democracia económica exigirá además que los trabajadores del sector empresarial posean nociones de marketing, calidad, contabilidad y habilidades para el trabajo en grupo, puesto que alguien poco familiarizado con las características de un proceso de toma de decisiones acaso terminaría desaprovechando todo el potencial que suponen la participación, la deliberación y el derecho a votar. Dichos conocimientos y herramientas de la economía pudieran parecer poco atractivos o innecesarios para quienes leen el presente artículo, pero no olviden que muchas personas se ven abocadas por los avatares del destino a fundar una empresa desde cero. Si un país pretende estimular la creación de emprendimientos resilientes, pues nada mejor que capacitar a los ciudadanos desde la etapa de la adolescencia en los aspectos básicos de la administración empresarial.

Estas propuestas no son nuevas ni utópicas. Lenin advirtió que era necesario educar al pueblo en la comprensión de «las ventajas que representa la participación de cada cual en las cooperativas (…). Ninguna otra sabiduría se necesita ahora para pasar al socialismo. Mas, para hacer realidad ese “nada más”, se precisa toda una revolución, toda una etapa de desarrollo cultural de las masas del pueblo».[31]

La Revolución de Rojava ha apostado por la construcción de una conciencia colectiva mediante la transmisión de las ideas del cooperativismo en las escuelas. Existen en el mundo entero cooperativas que organizan cursos de capacitación para sus asociados en cuestiones de administración empresarial, como el marketing, la gestión de calidad y el control contable. Asimismo, el presupuesto participativo para la gestión del erario de los gobiernos municipales y provinciales ―una iniciativa que se forjó en la ciudad de Porto Alegre gracias al Partido de los Trabajadores de Brasil― ha logrado extenderse internacionalmente y ya forma parte de los planes de estudio en bachilleratos y universidades.

Para que el sector cooperativo germine en empresas de nueva creación y se fortalezcan las relaciones de apoyo mutuo entre las cooperativas ya existentes, no bastará con eliminar todas las trabas que frenan el desarrollo del cooperativismo en Cuba.

Se necesita ante todo un cambio de paradigma, se precisa un proceso de educación que comprometa el discurso comunicativo en los medios de difusión, planes de estudio para la formación de profesionales en la filosofía de la cooperación, así como introducir el estudio de elementos de gobernanza cooperativa en asignaturas sobre preparación política y cultura general integral para todos los educandos en todos los niveles de enseñanza.


Notas:

[1] Quevedo Coronado, F. I.: Derecho mercantil, tercera edición. México: Pearson Educación, 2008, p. 22.

[2] Bouchard, M. J., (ed.): Statistics on Cooperatives: Concepts, classification, work and economic contribution measurement. Geneva, ILO, 2020, p. 17. Disponible en: https://www.ciriec.uliege.be/wp-content/uploads/2020/11/ILO-CIRIEC-COPAC-Publ_OK.pdf

[3] GEM (Global Entrepreneurship Monitor): Global Entrepreneurship Monitor 2022/2023 Global Report: Adapting to a «New Normal». London: GEM, 2023, p. 51.

[4] Rosenberg, R.: ¿El microcrédito ayuda realmente a los pobres? Enfoques. CGAP, Washington DC., núm. 59, enero, 2010.

[5] Pérotin, V.: What do we really know about worker co-operatives? Manchester University Press, 2015.

[6] Quevedo Coronado, op. cit., pp. 41–82.

[7] Bibby, A.: «Una apuesta personal. Por qué las empresas propiedad de trabajadores dan más que un beneficio». Revista Trabajo, núm. 56, abril, 2006.

[8] Musić, G.: «Serbia’s protracted transition under state-led and neoliberal models of capitalist development (1988–2008)». METU Studies in Development, Ankara, núm. 41, diciembre, 2014.

[9] En China el sector privado contrata al 80 % de los ocupados, mientras que en Vietnam la cifra ronda el 85 % de la fuerza laboral. Aunque los sistemas estadísticos tienden a englobar los datos de las cooperativas en el sector privado, la cantidad de trabajadores integrados en las cooperativas de ambos países es muy baja en comparación con los asalariados totales del sector privado. China cuenta con 3.400.000 cooperativistas que representan el 0,4 % de la fuerza laboral para una población activa de 781.831.676 personas, mientras que en Vietnam los trabajadores de las cooperativas ascienden a 4.563.000 y representan el 8 % de la fuerza de trabajo para una población activa de 55.951.059 personas.

Véase: Xinhuanet: «Sector Privado de China Contribuye Considerablemente a Crecimiento Económico, Según Líder de Federación». Xinhuanet.com, 6 de marzo de 2018. Disponible en: http://spanish.xinhuanet.com/2018-03/06/c_137020298.htm; ICA: China. Consultado 7 de julio de 2023. Disponible en: https://www.coops4dev.coop/es/4devasia/china; VNA: «Economía Privada: Nuevas Dinámicas y Expectativas». VietnamPlus, 13 de mayo de 2021. Disponible en: https://es.vietnamplus.vn/economia-privada-nuevas-dinamicas-y-expectativas/135965.vnp; ICA: Vietnam. Consultado 7 de julio de 2023. Disponible en: https://www.coops4dev.coop/es/4devasia/vietnam

Los datos sobre la población activa fueron extraídos del Banco Mundial en: https://datos.bancomundial.org/indicador/SL.TLF.TOTL.IN?locations=CN-VN

[10] Meijer et al.: «More than 1000 rivers account for 80 % of global riverine plastic emissions into the ocean». Science Advances, 2021. Disponible en: https://advances.sciencemag.org/content/7/18/eaaz5803

[11] Hickel, J.: «Quantifying national responsibility for climate breakdown: an equality-based attribution approach for carbon dioxide emissions in excess of the planetary boundary». Lancet Planet Health, vol. 4, núm. 9, 2020, pp. e399-e404. Disponible en: https://www.thelancet.com/journals/lanplh/article/PIIS2542-5196(20)30196-0/fulltext?ref=the-lever

[12] Argudo Périz, J. L.: «El Tercer Sector y Economía Social». Acciones e investigaciones sociales, núm. 15, 2002, págs. 239–263. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/284138.pdf

[13] Muñoz Machado, S. (dir.): Diccionario Panhispánico del Español Jurídico. Madrid, RAE/ Cumbre Judicial Iberoamericana/ Consejo General del Poder Judicial-Santillana, 2017.

[14] Muñoz Machado, op. cit.

[15] RIPESS: Visión global de la economía social solidaria: convergencias y contrastes en los conceptos, definiciones y marcos conceptuales. 2015, pp. 4 y 7.

[16] Daniel Alpa, Oscar et al.: Nociones básicas sobre cooperativas y mutuales: orientado a la carrera de abogacía. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Intercoop ; Santa Rosa: Universidad Nacional de La Pampa, 2020. Disponible en: https://repo.unlpam.edu.ar/bitstream/handle/unlpam/57/Nociones%20%C%A1sicas%20sobre%20cooperativas%20y%20mutales%20-%20Orientado%20a%20la%20Carrera%20de%20Abogac%C3%ADa.pdf?sequence=1

[17] Montiel Vargas, A.: «Las Empresas B (B Corps) y la regulación de las sociedades con propósito (benefit corporations) en Derecho comparado». REVESCO. Revista de Estudios Cooperativos, vol. 141, 2022. https://dx.doi.org/10.5209/REVE.82253.

[18] RIPESS, op. cit., p. 13.

[19] Davies, J., Lluberas, R., y Shorrocks, A.: Global wealth report 2021. Credit Suisse Research Institute, 2021, p. 17.

[20] Roser, M.: Global poverty in an unequal world: Who is considered poor in a rich country? And what does this mean for our understanding of global poverty? Our World In Data, 2021. Disponible en: https://ourworldindata.org/higher-poverty-global-line

[21] Sullivan, D., & Hickel, J.: Capitalism and extreme poverty: A global analysis of real wages, human height, and mortality since the long 16th century. World development, 161, 106026, 2023.

[22] Smith, A.: La Riqueza de las Naciones. Titivilus, 2015 (1776).

[23] Gore, T.: Combatir la desigualdad de las emisiones de carbono. Por qué la justicia climática debe estar en el centro de la recuperación tras la pandemia de COVID-19. Oxfam, 2020, p. 12.

[24] Rockström, J.; Gupta, J.; Qin, D et al.: «Safe and just Earth system boundaries». Nature, 2023, pp. 1–10. https://doi.org/10.1038/s41586-023-06083-8

[25] Traducción del autor.

[26] Llanes Guerra, O. et al.: Modelo de balance social cooperativo. Una alternativa hacia la responsabilidad social cooperativa. Editorial Universitaria, 2019.

[27] Albert, M.: Parecon: vida después del capitalismo. Ediciones Akal, 2005.

[28] Ostrom, E.: El Gobierno de los Bienes Comunes: La evolución de las instituciones de acción colectiva. Ciudad de México, Fondo de Cultura Económica de México, 2000.

[29] CO-EMPRENDE Cuba: Listado de estudios comparativos sobre el desempeño de las cooperativas. 2023. https://t.me/Biblioteca_CO_EMPRENDE/453

[30] Young-Hyman, T.; Magne, N. y Kruse, D.: A Real Utopia Under What Conditions? The Economic and Social Benefits of Workplace Democracy in Knowledge-Intensive Industries. Organization Science, 2020.

[31] Lenin, V. I.: Sobre las cooperativas, en Obras. Tomo 12 (1921–1923), Moscú: Progreso, 1973 (1923), pp. 159–162.


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